La tutela de derechos para el agraviado en el proceso penal peruano
Sinopsis
La posibilidad de recurrir ante el Juez, para hacer valer los derechos del agraviado cuando estos se vean menoscabados en la instauración del procedimiento penal, encuentra fundamento jurídico y dogmático, a partir de una interpretación sistemática, teleológica, y armónica con los principios constitucionales y en consonancia con el derecho supranacional, el más importante es la Declaración sobre Principios Fundamentales de la Justicia para las Víctimas de Delitos y Abuso de Poder en correlación con el art. 25° del Pacto de San José de Costa Rica; siendo que el art. 95 del código procesal penal; reconoce derechos y facultades las cuales deben ser interpretadas sistemáticamente. En el estudio efectuado, se ha llegado a determinar según el análisis inferencial y contrastación de hipótesis se analiza la tutela de derechos y garantías penales en ella se aprecia que el 48,0% (24) manifiestan que los agraviados gozan de tutela de derechos y garantías penales; mientras que el 22,0% (11) indican que no es así. Se utilizó el estadístico de prueba Chi2 calculado 6,551 y p valor 0,010 (p < 0,05), indica que con una probabilidad de error de 1,0% la tutela de derechos se relaciona con las garantías penales; por lo que se rechaza la hipótesis nula y se acepta la hipótesis de investigación (Hi) que afirma que la tutela de derechos se relaciona con las garantías penales. Lo cual indica que actualmente de no incorporar la tutela de derechos para el agraviado vulnera las garantías penales como el derecho de defensa y el de contar con un recurso efectivo.
